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¿Desea abrir su propio negocio y desconoce los trámites a seguir para conseguir la licencia de apertura de la actividad?

legalizacion de actividades

Nuestra ingeniería le facilitará toda la tramitación de la Documentación Técnica y Administrativa necesaria hasta la consecución de la Licencia de apertura de la actividad, realizando una Gestión Integral de cualquier tipo de Proyecto, ofreciéndole una solución “llave en mano” en  la que nuestra empresa será su ventanilla única ante la administración.

Realizamos cualquier tipo de legalización de actividades, ya sean inocuas o clasificadas y mediante cualquiera de los procedimientos existentes para poner en marcha su nuevo negocio, bien sea  mediante Declaración Responsable, Cambio de Titularidad, Comunicación Ambiental, Licencia de Obra Menor, Licencia de Obra Mayor, Licencia Municipal de Uso, Licencia Ambiental, Licencia de Apertura, Registro Industrial o Autorización Ambiental Integrada.

Para conseguirlo nuestra ingeniería le aportará su dilatada experiencia en la gestión integral de licencias de apertura de nuevas actividades, con más de 40 años en el sector, avalados por más de 4.200 trabajos realizados a fecha de marzo de 2.021.

Para ello realizamos los Proyectos Específicos ad hoc, desarrollando la ingeniería según las necesidades reales de cada cliente, elaborando los planos y mediciones y redactando las Memorias descriptivas que permitirán obtener una definición completa de las obras e instalaciones a ejecutar.

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Aunque el objetivo de nuestra empresa no es la ejecución de los proyectos desarrollados, sino únicamente la realización de la dirección facultativa de obra de los mismos, contamos con los medios técnicos y humanos para colaborar con nuestros clientes en tareas como la búsqueda de proveedores, solicitud de ofertas, realización de cuadros de valoración de ofertas y la coordinación, seguimiento y control de las obras. Para ello, ofrecemos realizar la gestión de contratación de las obras mediante la elaboración de peticiones de ofertas, preparando los estudios comparativos de las mismas, con el fin de permitir a nuestros clientes contratar de manera más eficaz.

Además llevamos a cabo el asesoramiento (Gestiones previas: reuniones con la propiedad, visita de inspección del local, reuniones con los Jefes de Servicio de Gestión Ambiental y/o Urbanismo del Ayto –caso de estimarse necesarias-, Estudio de viabilidad, Valoración económica, etc.) y la gestión integral administrativa de la tramitación de la Documentación Técnica (visados, cumplimentación de instancias, registro de documentación, asistencia a las inspecciones de los Servicios de Urbanismo y Gestión Ambiental del Ayto, solicitud y retirada de Licencias, seguimiento  del Expediente, etc.) agilizando los trámites hasta lograr las Licencias de Obra y Apertura y/o el Registro Industrial y la Puesta en Servicio de las instalaciones.

Finalmente, la Gestión integral de licencias de apertura, se completa con la realización del control técnico-económico de la ejecución de las obras, mediante la correspondiente Dirección Facultativa, velando en todo momento por el interés de nuestros clientes.

Gestión Integral de Proyectos

talleres de reparacion de vehiculos automoviles

Como ejemplo para mostrar en qué consiste la Gestión Integral de Proyectos, se propone el caso particular de un Taller de reparación de vehículos automóviles.

Nuestra ingeniería ha tramitado la Legalización de casi un centenar de Talleres de reparación de vehículos automóviles desde su inicio en el año 1.981, afrontando las diferentes casuísticas que pueden presentarse:

  1. Licencia de apertura de nueva actividad
  2. Ampliación de Licencia
  3. Cambio de Titularidad
  4. Adaptación de la documentación a la normativa vigente / Inspecciones de OCAs eléctricas o de protección contra incendios

En los casos de nuevas licencias de apertura, realizamos los Proyectos de Adecuación y Medidas Correctoras para solicitar la Licencia de Obra y la Licencia Ambiental, para la consecución de la Licencia de Apertura en el Ayuntamiento correspondiente. Paralelamente se tramita en un mismo documento, los Proyectos eléctrico y de protección contra incendios en los establecimientos industriales (Real Decreto 2267/2004), así como la cumplimentación de la Declaración responsable y el Estudio Técnico según el  Real Decreto 455/2010, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, con el fin de obtener el Registro Industrial y la puesta en servicio de las instalaciones por parte de la Dirección General de Industria del Principado de Asturias. En la Dirección de Obra de Medidas Correctoras se incluye un ensayo de medida de los niveles máximos de presión sonora de inmisión en el medio ambiente exterior de la parcela y/o del polígono en el que ubica, con la actividad en funcionamiento según R.D. 1367/2007, por tratarse de una licencia de nueva actividad regulada por el citado Real Decreto.

Asimismo, con el fin de justificar frente a los Ayuntamientos y a la Consejería de Medio Ambiente, se redacta un Informe preliminar de situación de suelo por tratarse de una actividad potencialmente contaminante del mismo, relacionada en el anexo I del REAL DECRETO 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Si el taller tiene un almacenamiento de productos químicos y/o petrolíferos, se desarrolla el correspondiente proyecto de justificación del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10 y del Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, para su legalización y puesta en Servicio ante la Consejería de Industria.

En el caso de ampliaciones de Licencia, bien por aumento de superficie del establecimiento, bien por ampliación en alguna de las ramas existentes (mecánica, carrocería, pintura o neumáticos) la tramitación es similar a la indicada para el caso de nuevas Licencias de Apertura.

En los cambios de titularidad o bien para superar las preceptivas inspecciones de OCAs eléctricas o de protección contra incendios, se redacta nueva documentación técnica (Memorias de adaptación al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión o al Reglamento de Seguridad  Contra Incendios en los Establecimientos Industriales) y se tramita toda la documentación técnica y administrativa hasta la consecución del cambio de titularidad tanto en el Ayuntamiento como en la Consejería de Industria:

  1. Tramitación administrativa del cambio de titularidad (solicitudes del cambio ante el Ayuntamiento y la Consejería de Industria, contrato de arrendamiento, documento de cesión o venta de los activos en instalaciones, etc.).
  2. Tramitación de toda la documentación técnica de protección contra incendios hasta la consecución del Certificado de inspección periódica de la instalación inscrita con anterioridad y suscrita por un organismo de control.
  3. Tramitación de toda la documentación técnica hasta la obtención del Certificado de la instalación neumática suscrito por empresa instaladora de equipos a presión habilitada.
  4. Declaración responsable y Estudio Técnico según el  Real Decreto 455/2010.
  5. Memorias técnicas específicas del cumplimiento de Ordenanzas Municipales del ruido, de protección del medio ambiente atmosférico y de protección del medio acuático.
  6. Memorias técnicas de la instalación eléctrica en B.T. del local existente o de protección contra incendios en los establecimientos industriales.

En cualquiera de las cuatro casuísticas expuestas, siempre se realiza la tramitación y seguimiento del Expediente ante la Administración correspondiente hasta lograr las Licencias de Obra y Apertura del Ayuntamiento (cumplimentación de instancias, registro de documentación, asistencia a las inspecciones del Servicio de Gestión Ambiental del Ayto, retirada de Licencia, etc), y el Registro Industrial por parte de la Consejería  de Industria.

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